El artículo 4º de la Ley Orgánica de la PDI establece que su misión fundamental es investigar los delitos de conformidad a las instrucciones que al efecto dicte el Ministerio Público, sin perjuicio de las actuaciones que en virtud de la ley le corresponde realizar sin mediar instrucciones particulares de los fiscales. El artículo 5º agrega, a su vez, que corresponde en especial la prestación de otros servicios fundamentales que en su conjunto definen su contribución a la coproducción de la seguridad y la justicia en nuestro país. Dicho artículo le asigna por funciones:
Los logros de esta policía responden no sólo al cumplimiento de las tareas que su Ley Orgánica le encomienda, sino también al establecimiento de los nuevos desafíos que el entorno impone. En vista de ello y acorde al profundo proceso de transformación y modernización experimentado, en el 2004 la PDI renovó su misión, profundizando su compromiso con la excelencia y los altos estándares exigibles a todos los servicios públicos en el marco de la modernización del Estado.
Dar eficacia al derecho, garantizar el orden público y la seguridad pública interior, a través de una investigación profesional y especializada de los delitos, de la inteligencia criminal, del control migratorio y de la cooperación internacional, apoyando la generación de condiciones básicas para la tranquilidad ciudadana que permitan el desarrollo económico, político, cultural y social de Chile.